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Bases y temarios de la categoría TECNICO MEDIO ADMON.Y GESTIÓN

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DEPARTAMENTO DE SANIDAD

(Servicio vasco de salud)



.@@@RESOLUCIÓN 1131/2006, de 6 de octubre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Titulado Medio (puesto funcional de Técnico Medio de Administración y Gestión) del Grupo Profesional de Técnicos Medios con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.@@@

Mediante Resolución 1082/2006, de 4 de octubre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprueban las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Para la materialización de cada proceso selectivo es necesaria la publicación de las bases específicas que han de regir la convocatoria de destinos de cada categoría, en la que se especifiquen las características particulares de cada uno de los destinos ofertados.

Por ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 8/1997, de 26 de junio de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y demás disposiciones de vigente aplicación, y oídas las Organizaciones Sindicales del Sector,

RESUELVO:

Primero.- Convocar las pruebas selectivas que son objeto de las presentes bases.

Segundo.- Aprobar las bases específicas, que figuran como Anexo I, que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Titulado Medio (puesto funcional de Técnico Medio de Administración y Gestión) del Grupo Profesional de T écnicos Medios.

Tercero.- Aprobar la relación de destinos ofertados mediante el Anexo II que acompa ña a la presente Resolución.

Cuarto.- Aprobar el baremo de méritos que figura como Anexo III de la presente Resoluci ón.

Quinto.- Aprobar el temario correspondiente que figura como Anexo IV de la presente Resoluci ón.

Sexto.- De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza, contra esta Resolución podrá ser interpuesto recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del d ía siguiente al de su publicación en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 6 de octubre de 2006.

Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.-

GLORIA QUESADA MENÉNDEZ

ANEXO I

BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA ADQUISICIÓN DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN LA CATEGORÍA DE TITULADO MEDIO (PUESTO FUNCIONAL DE TÉCNICO MEDIO DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN) DEL GRUPO PROFESIONAL DE TÉCNICOS MEDIOS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD.

  1. 1.- DESTINOS OBJETO DE CONVOCATORIA.
    1. 1.1.- Son objeto de esta convocatoria los destinos de la categoría de Titulado Medio (puesto funcional de Técnico Medio de Administración y Gestión) del Grupo Profesional de Técnicos Medios, con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, recogidos en el Anexo II.

      Asimismo serán objeto de esta convocatoria los destinos que se indican en la base 1 de las bases generales que rigen el presente proceso.

  2. 2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

    Para participar en el proceso que aquí se regula, los aspirantes habrán de reunir al último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales, debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos exigidos en las bases generales, los siguientes:

    1. a) Estar en posesión o en condiciones de obtener cualquier Diplomatura Universitaria o titulación equivalente, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente P úblico Osakidetza.
    2. b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte, según lo dispuesto en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
  3. 3.- DESARROLLO DEL CONCURSO OPOSICIÓN.
    1. 3.1.- Fase de oposición.

      Corresponderá al tribunal determinar el contenido de la prueba y su duración. La misma consistirá en la contestación por escrito en el plazo máximo que se fije, de un cuestionario de preguntas que versará sobre las materias del programa que se contiene en el Anexo IV.

      Asimismo, mediante su inclusión en el citado Anexo, se facilitará la bibliografía orientativa para la preparación de la prueba, si bien la misma carece de carácter vinculante u obligatorio.

    2. 3.2.- Tras la relación provisional de aspirantes por orden de puntuación prevista en el apartado 10.7 de las bases generales, los aspirantes deberán aportar, además de la documentación que se relaciona en la base 10.7.2, la siguiente:
      1. - Fotocopia compulsada o testimonio notarial de cualquier Diplomatura Universitaria o titulación equivalente, expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente P úblico Osakidetza.
    3. 3.3.- Fase de concurso.

      Se valorarán los méritos acreditados, según el baremo de méritos que se acompaña como Anexo III, y que se hubieran alegado en el modelo que hay que cumplimentar en la página web.

ANEXO II(*)

RELACIÓN DE DESTINOS CATEGORÍA: TITULADO MEDIO
PUESTO FUNCIONAL: TECNICO MEDIO ADMON. Y GESTIÓN

Organización de Servicios Sin fecha preceptividad Fecha preceptividad Total
    01-06-05  
COMARCA INTERIOR 1   1
HOSPITAL BASURTO   1 1
HOSPITAL SANTA MARINA 2   2
ORGANIZACION CENTRAL 1   1
Total general 4 1 5

* Los destinos recogidos en esta relación no incluyen los puestos de nueva creación aprobados por Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza-Svs de 20 de julio de 2006, ni los de queden vacantes tras la resolución de la fase de resultas del concurso de traslados 2005. De conformidad con la base 1.1 de las bases generales la determinación definitiva de los destinos ofertables se efectuará con la publicación de la relaci ón definitiva de aspirantes que hayan superado la convocatoria.

ANEXO III

BAREMO DE MERITOS DE LA CATEGORÍA DE TITULADO MEDIO (PUESTO FUNCIONAL DE TÉCNICO MEDIO DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN) DEL GRUPO PROFESIONAL DE T ÉCNICOS MEDIOS

  1. A).- Experiencia profesional (máximo 45 puntos)

    Se computará el tiempo de servicios que los aspirantes tuvieran reconocido hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes.

    Por cada mes de servicios prestados como Titulado Medio en las Organizaciones de Servicios Sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de la Seguridad Social o de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en cualquier Administración Pública, así como aquéllos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea... 0,37 puntos.

    Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.

    Al personal que acceda a través del turno de promoción interna se le computarán los servicios previos conforme a continuación se detalla:

    1. a)- Servicios prestados por personal en el grupo E: 0,07 puntos/mes.
    2. b).- Servicios prestados por personal en el grupo D: 0,10 puntos/mes.
    3. c).- Servicios prestados por personal en el grupo C (personal sanitario): 0,12 puntos/mes.
    4. d).- Servicios prestados por personal en el grupo B (personal sanitario): 0,18 puntos/mes.
    5. e).- Servicios prestados por personal en el grupo B (personal no sanitario): 0,25 puntos/mes. Cuando sean prestados en el mismo puesto al que se opta: 0,37 puntos/mes.

    Los servicios prestados en comisión de servicios o desempeño de funciones de superior categoría se computarán en el puesto efectivamente desempeñado.

    Asimismo se computarán en el puesto de origen los servicios prestados en situación de servicios especiales.

  2. B).- Formación, docencia e investigación (máximo 15 puntos)
    1. 1.-Formación académica (máximo 6 puntos)

      Se valorará dentro de este apartado la formación que resulte acreditada conforme a lo siguiente:

      1. a).- Formación Pregrado (Máximo 2 puntos):
        1. - Por cada matricula de honor o sobresaliente durante los estudios de diplomatura (no se deben considerar como asignaturas valorables: religión, formación política, educación f ísica e idioma) 0,20 puntos.
      2. b).- Master Universitario (mínimo 60 créditos) 2 puntos (máximo 4 puntos)
      3. c).- Otra titulación relacionada con la categoría 4 puntos
    2. 2).- Formación Continuada (máximo 8 puntos)

      Asistencia a cursos específicos relacionados con la categoría del destino solicitado.

      Únicamente se valorarán cursos impartidos y acreditados por Organismos Oficiales, Universidades e Instituciones Sanitarias, así como los cursos impartidos y acreditados en virtud de los Acuerdos de Formación Continua suscritos por la Administración de la Comunidad Autónoma Vasca, siempre que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación oficial.

      No serán puntuadas aquellas certificaciones en las que no conste el número de horas de duración del curso, o la equivalencia de los créditos en horas, reconocidos por la Administración Pública que imparta esta formación. Por cada curso de una duración de:

      HORAS PUNTOS
      5 a 9 horas: 0,025 puntos
      10 a 19 horas: 0,05 puntos
      20 a 29 horas: 0,15 puntos
      30 a 49 horas: 0,30 puntos
      50 a 99 horas: 0,75 puntos
      100 a 199 horas: 1,50 puntos
      200 a 599 horas: 1,75 puntos
      600 o más horas: 2,00 puntos

      Cuando en las certificaciones de los cursos conste únicamente el número de créditos, la puntuación será de 0,1 puntos por crédito.

      En el caso de que en las certificaciones de los cursos conste tanto el número de horas como el de créditos, prevalecerá la determinaci ón en créditos.

      No serán puntuadas aquellas certificaciones en las que no conste el número de horas de duración del curso.

    3. 3.- Actividades Docentes: (máximo 4 puntos)
      1. - Catedrático de Facultad/Escuela Universitaria: 2,50 puntos.
      2. - Profesor numerario de Facultad/Escuela Universitaria 1,25 puntos.
      3. - Por actividades docentes en cursos de formación programados, relacionadas con la categoría y desarrolladas en centros oficiales, por cada 10 horas acumuladas 0,05 con un m áximo de 1,25.
    4. 4.- Actividades Científicas y de difusión del conocimiento (máximo 4 puntos):

      Por la publicación de trabajos científicos, presentación de ponencias, conferencias o mesas redondas relacionadas con la categoría del destino solicitado, conforme se indica a continuación (Máximo 4 puntos):

      1. -por cada mesa redonda o ponencia autonómica/regional/local: 0,05 puntos.
      2. -por cada mesa redonda o ponencia nacional: 0,1 punto
      3. -por cada mesa redonda o ponencia internacional: 0,2 puntos
      4. -por cada comunicación oral o póster autonómico/ regional/local: 0,025 puntos.
      5. -por cada comunicación oral o póster nacional: 0,05 puntos.
      6. -por cada comunicación oral o póster internacional: 0,1 punto.
      7. -por cada publicación internacional (primer autor): 0,60 puntos.
      8. -por cada publicación internacional (otros autores): 0,30 puntos.
      9. -por cada publicación nacional (primer autor): 0,30 puntos.
      10. -por cada publicación nacional (otros autores): 0,15 puntos.

      No se valorarán otros méritos no especificados en este apartado.

    5. 5.- Conocimientos de informática. Máximo 2 puntos.
  3. C) Conocimientos de euskera:
      PUNTOS
    PL3 24 puntos
    PL2 16 puntos
    PL1 8 puntos

ANEXO IV

TEMARIO TÉCNICO MEDIO ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DEL GRUPO PROFESIONAL DE T ÉCNICOS MEDIOS NO SANITARIOS

  1. 1.- La Constitución Española de 1978. Titulo Preliminar. Principios generales, los Derechos y deberes fundamentales.
  2. 2.- Estatuto de Autonomía del País Vasco: Titulo Preliminar. Denominación y Constitución. El Territorio. Concepto. Territorio. Posible integración de otros territorios. Sede de las instituciones comunes. Derechos de los ciudadanos vascos. El euskera.
  3. 3.- Las competencias de la Comunidad Autónoma del País Vasco: Exclusivas, de desarrollo legislativo y ejecución, de ejecución. La reforma del Estatuto. Especial referencia a las competencias en materia de sanidad en el Estatuto de Autonomía y en la Ley de Territorios Hist óricos.
  4. 4.- El Gobierno Vasco: Composición, competencia y funcionamiento. El Lehendakari. Su estatuto y designación. Competencias y facultades. Cese y sustitución. El Departamento de Sanidad: estructura orgánica y funcional.
  5. 5.- Fuentes de Derecho Administrativo. La Ley. Concepto y clases. Disposiciones normativas con fuerza de ley: Decretos Leyes y Decretos Legislativos.
  6. 6.- El Reglamento: Concepto. Naturaleza. Clases. La titularidad de la potestad reglamentaria y sus límites. Validez e impugnación de los reglamentos.
  7. 7.- La organización administrativa. Los órganos administrativos. Los órganos colegiados. Principios organizativos: Jerarquía y competencia. La delegación, la avocación y la sustitución. Encomienda de gestión. Concentración y desconcentración. Centralizaci ón y descentralización.
  8. 8.- El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos del acto administrativo. La presunción de legitimidad de los actos administrativos. La eficacia del acto administrativo. Nulidad de pleno derecho, anulabilidad y convalidación de los actos administrativos.
  9. 9.- El procedimiento administrativo: La ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Principios generales. Interesados. Abstención y recusaci ón. Los derechos de los ciudadanos. Registros administrativos.
  10. 10.- El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos del acto administrativo. La presunción de legitimidad de los actos administrativos. La eficacia del acto administrativo. Nulidad de pleno derecho, anulabilidad y revocación de los actos administrativos. Silencio administrativo.
  11. 11.- La revisión de los actos administrativos en vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos administrativos. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones en v ía judicial.
  12. 12.- La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y dem ás personal a su servicio.
  13. 13.- Potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. Régimen disciplinario para el personal estatutario de los Servicios de Salud.
  14. 14.- El Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud: Normas generales. Planificación y ordenación del personal. Derechos y deberes.
  15. 15.- Clasificación del personal estatutario. Personal estatutario fijo y temporal. Adquisición y pérdida de la condición del personal estatutario fijo. Previsión de plazas, selección y provisi ón interna. Movilidad del personal.
  16. 16.- La Seguridad Social. Régimen general. Afiliación y cotizaci ón. Acción protectora. Contingencias y prestaciones.
  17. 17.- Decreto de Puestos Funcionales del Ente Público Osakidetza: Objeto, ámbito, definición, identificación, perfil profesional, modo de provisión, establecimiento y modificación de las plantillas.
  18. 18.- Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda Pública Vasca.
  19. 19.- La Ley de Régimen Presupuestario de Euskadi. Principios generales. Regulaci ón de los Entes Públicos de Derecho Privado.
  20. 20.- El plan general de Contabilidad: Criterios y normas de valoración. Principios contables. Adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas de asistencias sanitaria. Modificaciones introducidas y su justificaci ón.
  21. 21.- La Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi: Disposiciones Generales. Sistema Sanitario de Euskadi. Ordenación y Derechos y deberes de los ciudadanos. Regulaci ón financiera del sistema: El contrato–programa.
  22. 22.- Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi: Configuración del Ente Público Osakidetza/Servicio Vasco de Salud. Régimen Jurídico. Organización rectora. Régimen de gestión. Medios materiales. R égimen de personal.
  23. 23.- Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza/Servicio Vasco de Salud: Definición. Domicilio. Fines. Personalidad jurídica y capacidad de obrar. Normas sobre régimen jurídico. Organización rectora. Organización Central. Organizaciones de servicios. Régimen de gesti ón.
  24. 24.- Estructura organizativa de la Atención Primaria y Atención Especializada: Tipología. Organos de Dirección, Gestión y participación. Gerencia de las Comarcas Sanitarias. La Gerencia de los Hospitales. Equipo Directivo. Consejo de dirección de los Hospitales y de las Comarcas Sanitarias. Consejo Técnico de Hospitales y Comarcas Sanitarias. Unidades de Atenci ón Primaria y sus jefaturas.
  25. 25.- Plan de Normalización del Uso del euskera en Osakidetza.
  26. 26.- Acuerdo de Regulación de Condiciones de Trabajo del Personal de Osakidetza/Servicio Vasco de Salud: Disposiciones Generales. Derechos sociales. La jornada descanso y vacaciones. Licencias y permisos. Situaciones del personal. Derechos sindicales y seguridad y salud. Guardias médicas. Retribuciones.
  27. 27.- Calidad total: Principios y modelos de gestión Características del modelo de excelencia de la European Foundation for Quality Management.
  28. 28.- Sistemas de gestión de la calidad. Certificación ISO. Gesti ón por procesos.
  29. 29.- Satisfacción del cliente interno y del cliente externo. M étodos de medición y análisis.

BIBLIOGRAFÍA

  1. 1.- Constitución Española de 27 de diciembre de 1978. B.O.E n º 311-1 de 29 de diciembre de 1978.
  2. 2.- Ley Orgánica 3/1979 de 18 de diciembre por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para el País Vasco. B.O.E. nº 306, de 22 de diciembre de 1979.
  3. 3.- Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Organos Forales de sus Territorios Hist óricos. B.O.P.V. nº 182, de 10 de diciembre de 1983.
  4. 4.- Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno. B.O.P.V. nº 46, de 27 de julio de 1981.
  5. 5.- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la que se aprueba el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. B.O.E. nº 285 de 27 de noviembre de 1992, reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, B.O.E. nº 12 de 14 de enero de 1999.
  6. 6.- Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, B.O.E. n º 301, de 17 de diciembre.
  7. 7.- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. B.O.E. nº 154, 29 de junio de 1994.
  8. 8.- Decreto Legislativo 1/1997 de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del Pa ís Vasco. B.O.P.V. nº 11, de 19 de enero de 1998.
  9. 9.- Decreto Legislativo 1/1994 de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones legales vigentes sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi. B.O.P.V. n º 44, de 3 de marzo de 1995.
  10. 10.- Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi. B.O.P.V. nº 138, de 21 de julio de 1997.
  11. 11.- Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza/Servicio Vasco de Salud. Decreto 255/1997, de 11 de noviembre por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza/Servicio Vasco de Salud, B.O.P.V. n º 219, 14 de noviembre de 1997).
  12. 12.- Decreto 195/1996, de 23 de julio, sobre Estructura Organizativa de los recursos adscritos a Osakidetza/Servicio Vasco de Salud para la Atenci ón Primaria. B.O.P.V. nº 164, de 28 de agosto de 1996.
  13. 13.- Decreto 194/1996, de 23 de julio, sobre Estructura Organizativa de los recursos adscritos a Osakidetza/Servicio Vasco de Salud para la Atención Especializada. B.O.P.V. nº 164, de 28 de agosto de 1996.
  14. 14.- Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud. B.O.P.V. nº 64, de 31 de marzo de 2003.
  15. 15.- Decreto 186/2005, de 19 de julio, por la que se regulan los Puestos Funcionales del Ente Público Osakidetza- Servicio vasco de salud. B.O.P.V., n º 170, de 7 de septiembre de 2005.
  16. 16.- Acuerdo de Regulación de Condiciones de Trabajo del Personal de Osakidetza/Servicio Vasco de Salud. Decreto 57/2005, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Acuerdo de Regulación de Condiciones de Trabajo del Personal de Osakidetza/Servicio Vasco de Salud. B.O.P.V nº 60, de 31 de marzo de 2005.
  17. 17.- Plan General de Contabilidad del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas.
  18. 18.- "Calidad total". Editado por Euskalit/Fundación Vasca para la Calidad. Zamudio 2001. 199 pp.
  19. 19.- Guía para la Gestión de Procesos/Prozesuak Gestionatzeko Gida. Dirección de Asistencia Sanitaria. Osakidetza/Servicio vasco de salud. Vitoria 2000. ISBN: 84-89342-10-5. 86 pp.
  20. 20.- J.J. Mira, J. Aranaz, M.A. Blanco et al. "Calidad relacional y satisfacción del usuario". En "Calidad en la atención sanitaria. Conceptos teóricos y aplicaciones prácticas". Editores Paz Rodríguez Pérez y Juan García Caballero. Sociedad Española de Medicina Preventiva. Madrid 2001. ISBN: 84-87385-62-1. Pgs. 149-194.
  21. 21.- Manual de evaluación y mejora de la satisfacción de las personas en las organizaciones de servicios/Zerbitu Erakundeetako pertsonen gogobetetzea ebaluatzeko eta hobetzeko eskuliburua. Vitoria 2001. ISBN: 84-89342-17-2. 79 pp.
  22. 22.- UNE-EN ISO 9000. Sistemas de gestión de la calidad. Fundamentos y vocabulario. (ISO 9000:2000). AENOR 2000. 37 pp.
  23. 23.- UNE-EN ISO 9001. Sistemas de gestión de la calidad. Requisitos. (ISO 9001:2000). AENOR 2000. 39 pp.




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